Desde hace años, CSIF viene reclamando que el usuario no sea el DNI del funcionario/a que tramita e interviene en un expediente concreto y en sus solicitudes, en especial, en aquellos documentos o diligencias que van a notificarse a terceros. El uso de códigos de usuario ajenos al DNI tampoco es una novedad en la tramitación de procedimientos judiciales con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y, en consecuencia, entendemos que no hay inconveniente en que se extienda esa uso al personal de Justicia antes de lanzar cualquier aplicación tal y como se ha aceptado por parte de la Administración.
Para el intercambio de información en este sentido, quejas e incidencias, y para determinar la forma en la que se van a proteger los datos personales de los funcionarios/as de Justicia en la implantación generalizada de las TIC es necesario que la mesa de negociación esté en la cabeza de la lista de prioridades del Ministerio de Justicia y no bloqueando su normal funcionamiento tal y como se está haciendo.
Escrito DGTDAJ DNI sentencias y peritos.pdf
