El nuevo SIRAJ 2 deja constancia del DNI del funcionario/a que realiza la tramitación del expediente en todas las notas de liquidación de condena.
Para CSIF este hecho vulnera la normativa de protección de datos y pone en riesgo la seguridad del personal judicial al revelar un dato personal del que se pueden extraer otros muchos datos de carácter personal y privados como su domicilio etc...
Se trata de una mención que nada aporta al documento en el que se incorpora y que debe ser retirado de forma inmediata. Así se lo hemos solicitado por escrito además de recomendar que se dé parte como incidencia al CAU.
Lamentablemente, no se trata de la primera vez que ocurre con las aplicaciones informáticas de Justicia y CSIF se pregunta cuándo el Ministerio prestará atención a la protección de datos de su personal antes de la puesta en marcha de las aplicaciones informáticas.
Esta dejadez recurrente del Ministerio es motivo de gran preocupación cuando se están potenciando las TIC en la Administración de Justicia de forma decidida, mientras que los mecanismos de protección de datos personales de los funcionarios/as de Justicia permanecen sin desarrollar ante el inaceptable bloqueo de la negociación colectiva en la Administración de Justicia.
Para CSIF este hecho vulnera la normativa de protección de datos y pone en riesgo la seguridad del personal judicial al revelar un dato personal del que se pueden extraer otros muchos datos de carácter personal y privados como su domicilio etc...
Se trata de una mención que nada aporta al documento en el que se incorpora y que debe ser retirado de forma inmediata. Así se lo hemos solicitado por escrito además de recomendar que se dé parte como incidencia al CAU.
Lamentablemente, no se trata de la primera vez que ocurre con las aplicaciones informáticas de Justicia y CSIF se pregunta cuándo el Ministerio prestará atención a la protección de datos de su personal antes de la puesta en marcha de las aplicaciones informáticas.
Esta dejadez recurrente del Ministerio es motivo de gran preocupación cuando se están potenciando las TIC en la Administración de Justicia de forma decidida, mientras que los mecanismos de protección de datos personales de los funcionarios/as de Justicia permanecen sin desarrollar ante el inaceptable bloqueo de la negociación colectiva en la Administración de Justicia.
