El pasado viernes se celebró mesa sectorial de negociación, os pasamos a comentar los aspectos y novedades más destacables de dicha reunión.
1.- Acuerdo del Consell, de aprobación de nuevos grupos salariales de aplicación al personal al servicio de la Administración de Justicia cuya gestión corresponde a la Generalitat Valenciana.
Se aprueba Acuerdo para reemplazar los grupos salariales existentes en aplicación del Acuerdo de mayo de 2008, del Consell de mejora de las condiciones de los juzgados de primera instancia e instrucción de Vinarós, Sagunto, Massamagrell, Requena, Elda, Ibi, Alcoy, Villena, Ontinyent y Llíria, que asumen la competencia para la instrucción y/o en su caso, fallo de las causas penales en materia de violencia sobre la mujer, además de las civiles y penales que les son propias.
Se acuerda aprobar nuevos grupos salariales de aplicación al personal relacionado en este acuerdo para adaptarlo a las nuevas rpts, derivadas del acoplamiento de las oficinas judiciales a la fase 1 de la Ley de Eficiencia para el Servicio público de Justicia.
En resumen, el cambio consiste en convertir el complemento autonómico transitorio, productividad y penosidad, en complemento específico, como consecuencia de la aprobación de las rpts.
2.- Borrador de resolución, de la Dirección de Justicia y Autogobierno, de la Conselleria de Justicia por la que se convoca concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
Se ha dado por aprobado la mencionada resolución para previsiblemente, antes de que acabe el año ofertar todas las plazas singularizadas que se encuentran vacantes desde hace tiempo y que vienen siendo cubiertas por comisiones de servicio.
Primera fase: Se valora con un máximo de 72 puntos, hasta 30 años de antigüedad 60 puntos, más el conocimiento del idioma valenciano hasta 12 puntos.
Segunda fase: Experiencia profesional, formación complementaria y memoria, hasta 43 puntos. Las puntuaciones finales máximas, sumadas ambas fases, serán de 115 puntos.
En este punto les recordamos que habría que negociar los méritos específicos de cada plaza singularizada, según lo requerido en cada caso en las rpts de estos puestos singularizados.
3.- Borrador resolución, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno por la que se dictan instrucciones que desarrollan el proceso de acoplamiento del personal de la Administración de Justicia de la Comunitat Valenciana destinado en los partidos judiciales en que se constituirán los Tribunales de Instancia en fecha 1 de julio de 2025.
Tiene por objeto dictar unas instrucciones que desarrollen el proceso de acoplamiento para la adscripción del personal funcionario de los cuerpos generales de la Administración de Justicia a los nuevos puestos de trabajo de las Oficinas Judiciales, Oficinas de Justicia del Municipio y Oficinas Generales de Registro Civil que se constituirán el 1 de julio de 2025.
El proceso de acoplamiento se realizará en las siguientes fases:
1ª fase.- Concurso libre designación. (No existen en esta 1ª fase).
2ª fase.- Concurso específico para puestos singularizados.
3ª fase.- Confirmación en puestos de trabajo de la nueva organización que tengan similar contenido a los puestos de procedencia, aunque distinta denominación. (Esta confirmación será obligatoria, se refieren a ella sarcásticamente en estos términos “voluntariedad limitada”).
Ejemplo: El Gestor o Tramitador que esté destinado en cualquiera de los juzgados mixtos afectados por la fase 1, se acoplarán en el Servicio Común de Tramitación. Los que estén actualmente en los SCAGs, se acoplarán en el Servicio Común General.
Oficinas Generales del Registro Civil. Se confirmarán los funcionarios que actualmente están desempeñando allí sus funciones, teniendo en cuenta que la plantilla actual estará formada al menos por un Gestor y un Tramitador, si no fuera posible la reasignación voluntaria, la agregación al puesto se realizará por siguiente orden:
Primero: Los puestos vacantes que no tengan ocupante.
Segundo: Los puestos vacantes ocupados por personal funcionario interino.
Tercero: Los puestos vacantes ocupados por personal funcionario de carrera de otro cuerpo por sustitución vertical.
Cuarto: Los puestos vacantes ocupados por personal funcionario de carrera en comisión de servicios.
4ª fase.- Se realizará la adscripción por confirmación en el Servicio Común General del personal del Cuerpo de Auxilio Judicial de los juzgados del partido judicial.
5ª fase.- Reordenación de efectivos en puestos no cubiertos en fases anteriores.
6ª fase.- Reasignación forzosa. Se adjudicarán los puestos a los funcionarios de carrera que no hayan obtenido destino en las fases anteriores.
7ª fase.- Mantenimiento de las comisiones de servicio.
8ª fase.- Mantenimiento del personal funcionario interino y la continuidad de las sustituciones verticales.
Como consecuencia del acoplamiento ningún personal funcionario verá disminuidas las retribuciones complementarias fijas que viniera percibiendo, si con ocasión de dicho proceso no pudiese ser confirmado en un puesto de similares características y pasase a desempeñar un puesto de trabajo genérico con retribuciones complementarias inferiores.
Ruegos y preguntas:
A lo largo de esta semana se nos dará traslado por parte de DGJ de las respuestas a las preguntas que presentamos todos los sindicatos por escrito.
Después de aprobados los presupuestos por la Generalitat Valenciana, preguntamos por la decepcionante subida prometida del complemento específico, por la dotación presupuestaria del PAC 2025, brecha salarial 2024, penosidad juzgados de Paz, segunda guardia IML, etc. Obteniendo respuestas vagas que a estas alturas solo demuestran el poco interés que tiene esta DGJ en reconocer y mejorar las condiciones retributivas de un personal que soporta cargas de trabajo muy superiores a la media nacional, el menor complemento específico del país y, por si esto fuera poco, un programa de gestión que no está ayudando a agilizar el trabajo diario, más bien todo lo contrario.
La guinda del pastel es el acoplamiento progresivo a un nuevo modelo de oficina judicial, que se está ejecutando a coste cero o mejor dicho a costa nuestra.