Desde la Dirección General de Trabajo, nos acaban de remitir Resolución por la que se modifican los servicios esenciales mínimos para la huelga convocada en la Administración de Justicia.
Han considerado necesario incluir dentro de los servicios esenciales a prestar durante las jornadas de huelga los siguientes servicios:
- La atención de las actuaciones en las que deba intervenir un menor de edad
- La atención de las actuaciones en las que deba intervenir una persona con discapacidad
-La atención de las actuaciones en las que deba intervenir una persona especialmente vulnerable