El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento General de Mutualismo Judicial, que deroga al anterior que tenía 30 años de vigencia, para, como señala el propio texto, actualizar prestaciones sanitarias, definir el número de las personas protegidas, y regular el régimen de cotización.
El nuevo Reglamento regula, además, el protocolo de incorporación a la Mutualidad y la definición del colectivo de personas protegidas, el régimen de cotización; y las normas generales de la acción protectora donde se definen las contingencias protegidas. Además, también regula las prestaciones Sanitarias y farmacéuticas en particular.
Así, por ejemplo; en las sanitarias se actualiza y se sistematiza la terminología utilizada respecto del colectivo protegido, de las técnicas médicas y de la asistencia.
La prestación farmacéutica aparece regulada en análogos términos a los del Reglamento anterior.
En breve os daremos una información más detallada al respecto, tras la lectura a fondo del reglamento.