Se ha rebajado la cuota variable que debe pagar una persona física del 0,5 por 100 del total de la cuantía de la pretensión al 0,10 por 100. Las medidas aprobadas tendrán una incidencia inferior al 5 por 100 respecto a los 306 millones previstos en la memoria económica de la ley de tasas. En los recursos contencioso-administrativos contra resoluciones sancionadoras la tasa no podrá exceder de la mitad de su importe. El importe de las tasas en los procedimientos de ejecución hipotecaria de vivienda habitual quedarán fuera de la condena en costas. Las reclamaciones por incumplimientos de laudos de consumo estarán exentos de tasa. Los divorcios de mutuo acuerdo tampoco pagarán.