26 de marzo de 2015

Horario reducido de Pascua

La D.G.J nos ha comunicado la resolución por la que se acuerdan los días de jornada reducida durante la Semana Santa y Pascua, conforme a la normativa y acuerdos vigentes en materia de horario.

Los días para el disfrute de la citada reducción son: 7, 8, 9 y 10 de abril de nueve a catorce horas.

Queda establecido que habrá de respetarse lo dispuesto en el artículo 135.1 de la LEC, respecto a la presentación de escritos sometidos a término, garantizándose la asistencia de los funcionarios precisos hasta las quince horas.