La Dirección General de Justicia sabe desde el pasado 28 de octubre de 2.020 que se ha declarado el 24 de Junio como festivo, y que al ser el decimoquinto (la ley establece que tenemos 14 festivos anuales), tiene el carácter de retribuido, pero también de recuperable.
Pues bien, no ha sido hasta casi la víspera (en la mesa sectorial celebrada el 1 de junio) cuando ha decidido que los centros de trabajo permanecían cerrados, lo que implicaba la libranza obligatoria de todos los funcionarios y por lo tanto la deuda de la parte fija del horario, la cual hay que recuperarla hasta final de año.
Por lo que llegados a este punto y ante la falta de información y claridad en la forma de devolución de dichas horas, desde CSIF hemos solicitado que dicha devolución se efectúe en primer lugar con el saldo perdido que se haya generado desde el mes de enero del año en curso. Y si no se hubiera perdido saldo o este no fuera suficiente, que la compensación se produzca con el saldo perdido que se dé a partir de este mes de junio y hasta el mes de diciembre. Porque lo que no tiene sentido es que en lo que va de año, hay compañeros que ya han "regalado" más de 50 horas y que por falta de previsión de la administración, le vengan ahora con que tiene que recuperar San Juan.