5 de noviembre de 2024

Procedimiento de ayudas urgentes bienes primera necesidad DANA


Se ha publicado en el DOCV DECRETO 163/2024, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

El importe de la ayuda será de 6.000 euros por vivienda afectada.

El plazo para solicitar la ayuda es desde el día 05-11-2024 hasta 16-12-2024.

Las personas cuya vivienda haya sufrido daños como consecuencia del temporal, y se encuentre dentro de los términos municipales incluidos en el anexo I podrán solicitar la subvención desde la fecha de publicación del presente decreto hasta el 16 de diciembre de 2024. En caso de ampliación de municipios afectados, el fin de plazo de presentación se determinará en la resolución que se dicte al efecto.

Documentación:

La persona solicitante deberá aportar: a) Título jurídico que le habilita para hacer uso de la vivienda o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada. b) Declaración responsable del domicilio exacto de la vivienda afectada y referencia catastral. c) Número de cuenta bancaria (IBAN) en la que desea que se efectúe el pago, que podrá cumplimentar en el formulario de solicitud Se podrá presentar también la solicitud de ayuda adjuntando un certificado del Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda, en el que conste: a) La identificación de la vivienda donde residía el solicitante en la que se especifique que la misma fue gravemente dañada por el temporal indicando la referencia catastral. b) Los datos de identificación de la persona solicitante (nombre y apellidos y DNI). c) La identificación de las personas que residían con el solicitante en la vivienda (en este caso para evitar duplicidades). d) Titulo jurídico o documento con valor probatorio de residencia en la vivienda afectada.

Formularios


Forma de presentación
-Telemática
-Presencial
La documentación podrá presentarse en las oficinas de coordinación de la postemergencia creadas por la Generalitat, a estos efectos, o, en su caso, en las oficinas habilitadas por la Generalitat, preferentemente en el de la localidad en la cual se ubica la vivienda.

ACCESO A LA PETICIÓN DE LA AYUDA

ACCESO A LA RESOLUCIÓN Y ANEXO A LOS MUNICIPIOS AFECTADOS