En concreto, se trata de una funcionaria de la Diputación de Palencia, que recurrió bajo la dirección letrada de la asesoría jurídica de CSIF, y a la que se le reconoce el derecho a percibir la cantidad de paga devengada desde el día 1 de junio y hasta el 15 de julio, fecha en la que entró en vigor el RDL 20/2012, en el que se contemplaba la supresión de la paga extra de diciembre de ese año.
Esta sentencia es muy importante, no sólo por el fallo que contiene; sino, también, por la contundencia de sus argumentos, que no dejan ninguna duda en el asunto de la irretroactividad del RDL 20/2012.
Además, se da la circunstancia de que esta sentencia es firme, ya que no cabe recurso alguno contra ella.
A la luz de esta sentencia, CSIF hace un llamamiento a los diferentes Gobiernos para que eviten sobrecargar la Administración de Justicia, reconociendo lo que el Magistrado Juez de Palencia ve “lógico” y sin necesidad de realizar “grandes escorzos interpretativos”: que no se puede aplicar el RDL 20/2012 con carácter retroactivo, por lo que se nos deben devolver los 44 días de paga extra consolidados con anterioridad a la entrada en vigor del mismo el día 15 de julio de 2012.
CSIF no va a dejar de luchar para que se devuelvan a los empleados públicos todos los derechos injustamente recortados
Asimismo, CSIF reitera su compromiso en la defensa de los servicios públicos y contra los recortes presupuestarios y de derechos en todos los sectores de la Administración pública