8 de abril de 2020

Plazos administrativos. Nacionalidad española


Publicada en el BOE de hoy, Resolución de 27 de marzo de 2020, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la reanudación de los procedimientos de adquisición de la nacionalidad española. 

Como ya os habíamos adelantado, se mantiene la suspensión del plazo de 180 días que establece la legislación para que se realicen ante el encargado del Registro Civil los actos relativos al juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes, y la renuncia a la nacionalidad anterior, cuando proceda, así como la solicitud de las inscripciones correspondientes.