Pese a que esta Proposición de Ley, recoge muchas de las reivindicaciones que CSIF ha mantenido como líneas rojas a lo largo de todos esto años, el texto, es francamente mejorable, no sólo desde el punto de vista organizativo, sino desde la óptica de la necesaria defensa de las condiciones laborales de los trabajadores de la Administración de Justicia que prestan sus servicios en los Registros Civiles.
CSIF está dispuesto a negociar el nuevo modelo de Registro civil sobre la base de un Registro civil público, único, informatizado, descentralizado, próximo al ciudadano, que aproveche la infraestructura actual de este servicio público y gestionado por funcionarios de Justicia. Este es el compromiso alcanzado con el anterior equipo ministerial tras una masiva movilización del personal de Justicia en defensa de sus funciones y el que CSIF exige que se mantenga por parte del actual equipo y por el partido que sustenta al Gobierno.
Es por ello, por lo que desde CSIF, ya hemos reclamado al Ministerio que abra de manera inmediata la mesa de negociación del Registro Civil, y es por ello por lo que desde CSIF, en calidad de primera fuerza sindical en la Administración de Justicia; tal y como hemos hecho en otras ocasiones, intensificaremos nuestros contactos con los distintos Grupos Parlamentarios para en trámite de enmiendas intentar mejorar aspectos que son fundamentales para garantizar el servicio público del Registro Civil.
La proposición de Ley del Grupo Socialista, mantiene una Oficina General del Registro Civil en todas las poblaciones que sean sede de la capital de un partido judicial, pero permite agrupar oficinas generales en los casos en que se estime conveniente. Asimismo, la propuesta socialista permite la creación de Oficinas Generales adicionales mediante la transformación de las existentes en los Juzgados de Paz.
En este sentido, desde CSIF, consideramos que la Ley debe mostrar un compromiso claro con el mantenimiento de las Oficinas de Registro Civil, incluyendo y potenciando a los Juzgados de Paz y las Agrupaciones de Secretarías de Juzgados de Paz, que deben ser pieza clave a la hora de ofrecer un servicio de proximidad a quienes más la necesitan. La cohesión y proximidad de la Justicia y del Registro Civil, debe pasar por apostar por los Juzgados de Paz y no por despojarlos de funciones; al igual que debe apostar por el mantenimiento de las Oficinas Generales del Registro Civil, en todas las capitales de los distintos Partidos Judiciales.
En cuanto a la reserva de función de los cuerpos de Funcionarios de la Administración de Justicia, la Proposición de Ley, señala que los puestos de trabajo de las Oficinas del Registro Civil, sólo podrán ser cubiertos por personal de los Cuerpos Generales (gestión, tramitación y auxilio judicial). Sin embargo, la Disposición Adicional Segunda indica que, las plazas de encargados de las Oficinas Generales del Registro Civil se proveerán entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1 que tengan licenciatura en Derecho o entre Letrados de la Administración de Justicia. Para CSIF, esta concesión ayuda a desligar al Registro Civil de la Administración de Justicia, a la vez que incidirá en la calidad del servicio.
En cuanto al cuerpo de Gestión, consideramos que debe ver potenciadas sus funciones, reconociendo las tareas que han venido realizando en materia de Registro Civil y muy especialmente como encargados de las Oficinas de Registro Civil que se puedan crear en los Juzgados de Paz. No se puede ni se debe desaprovechar el potencial del capital humano de la Administración de Justicia cuyo esfuerzo y compromiso ha mantenido el Registro civil en funcionamiento prestando un servicio de calidad durante más de 150 años y todo, a pesar de la cicatería de los políticos que siempre le han dado la espalda en materia de medios materiales y personales.
En materia organizativa, carece de sentido que se prevea que se continúen practicando los asientos de conformidad con la Ley de 1957, hasta la entrada de las aplicaciones informáticas. Lo lógico sería disponer de esas aplicaciones de manera previa para que la Ley pueda desplegar sus efectos de manera inmediata. Tampoco parece acertado y no redunda en beneficio del ciudadano la posibilidad de continuar efectuando asientos en los libros de Familia ya expedidos. Asimismo, desde CSIF, reclamamos una vez más la necesaria recuperación de la competencia exclusiva para los Registros Civiles de todos los actos y expediente registrales incluyendo el del matrimonio civil.