La DGJ ha publicado la resolución por la que se aprueba la prolongación de jornada para los juzgados de primera instancia y sociales de la provincia de Valencia.
La citada prolongación de jornada se establece por el tiempo de tres meses, comenzando el 1 de mayo de 2021 y finalizando el 31 de julio de 2021.
A las prolongaciones de jornada le serán de aplicación las siguientes instrucciones:
1) Horario de prolongación de jornada: 40 horas semanales en cómputo mensual y 37.30 horas en horario de verano.
2) Asuntos particulares y Vacaciones: si se pueden tomar días de asuntos particulares durante el horario de prolongación de jornada, que se computarán como 7 horas 30 minutos, por lo que se tendrá que recuperar en jornada laboral efectiva el tiempo restante de la prolongación en el mes.
3) Teletrabajo: la jornada de teletrabajo es compatible con la prolongación de jornada, que computará como tal. En la aplicación cronosjusticia el teletrabajo computa como 8 horas diarias o 7.30 horas en horario de verano.
4) Semanas con reducción horaria por festividad: se respeta la reducción a la prolongación de jornada y se computa proporcionalmente.
5) Reducción de jornada concedida por resolución: No es incompatible con la solicitud de prolongación de jornada y se aplicará en la parte proporcional.
