La negociación de este Reglamento es uno de los puntos del acuerdo de 8 de enero de 2025.
CSIF traslada al Ministerio la necesidad de modificar el modelo de Registro civil excesivamente centralizado frente a una realidad descentralizada y próxima al ciudadano de este servicio público.
El pasado 3 de julio se celebró la primera reunión sobre esta cuestión y, finalizada la misma, se nos dio traslado del texto de Reglamento, en la parte que afecta a la organización, funciones y tareas.
CSIF ha vuelto a exigir que el Gestor pueda ser también encargado de determinados Registros civiles y, en todo caso, la creación de la figura del Encargado adjunto (o como se le quiera llamar) que venga a reconocer lo que viene sucediendo desde hace años y es que es el personal de la oficina del Registro civil y, en especial, el gestor vía habilitación, el que sostiene este servicio público.
No se trata de quitar el trabajo a nadie sino de reconocer una realidad que, además, viene reforzada en el borrador de reglamento que el Ministerio nos ha hecho llegar a los sindicatos. En este borrador, la facultad de delegación prácticamente implica realizar las funciones ordinarias de llevanza del Registro civil por el Gestor procesal.
