Parece ser que la Dirección General al recibir las denuncias, por norma general, incoa directamente los expedientes disciplinarios designando instructor y secretario.
Pues bien, teniendo en cuenta que cuando se trata de una posible falta leve no debe de incoarse expediente,sino que únicamente debe realizarse el trámite de audiencia previa; y considerando el principio de intervención mínima que debe regir en el procedimiento disciplinario, CSIF ha solicitado a la Dirección General que considere, antes de la incoación, los hechos objeto de denuncia, a fin de valorar si procede su archivo, por no ser objeto de ninguna falta, o si se trata de una posible falta leve, evitando así trámites innecesarios,y el coste derivado de los mismos.
CSIF, desafortunadamente tiene una amplia experiencia en la tramitación de expedientes disciplinarios; la mayoría de ellos injustos e infundados; y continuará con todos sus medios en la defensa de los derechos de nuestros compañeros.