CSIF gana sentencia por la que se reconoce el derecho al abono con carácter retroactivo de las cantidades correspondientes a trienos perfeccionados dejados de percibir durante los períodos de IT.
En la citada resolución, en su fundamento jurídico 3º se hace mención a que: "....no existe norma ni razón alguna que impida que, una vez el alta, tenga el funcionario derecho a que se le abonen los atrasos de aquel....Y es que mientras no transcurra el período de prescripción nada impide que el funcionario reclame y perciba las cantidades atrasadas correspondientes al trienio perfeccionado"
Esta sentencia viene a reconocer el derecho al cobro de los trienios perfeccionados durante el período de IT, desestimando la interpretación restrictiva que propugnaba la Administración más gravosa para los intereses de los funcionarios de justicia.
En la citada resolución, en su fundamento jurídico 3º se hace mención a que: "....no existe norma ni razón alguna que impida que, una vez el alta, tenga el funcionario derecho a que se le abonen los atrasos de aquel....Y es que mientras no transcurra el período de prescripción nada impide que el funcionario reclame y perciba las cantidades atrasadas correspondientes al trienio perfeccionado"
Esta sentencia viene a reconocer el derecho al cobro de los trienios perfeccionados durante el período de IT, desestimando la interpretación restrictiva que propugnaba la Administración más gravosa para los intereses de los funcionarios de justicia.