16 de abril de 2020

Concreción de servicios mínimos en la Administración de Justicia


Ante las elevadas consultas planteadas por los diferentes operadores jurídicos, la DGJ ha decidido emitir comunicación a través de la cual manifiesta que los servicios mínimos que deben aplicarse para los Cuerpos Generales al servicio de la Administración de Justicia en el territorio de la Comunitat Valenciana son los establecidos por la Resolución del Ministerio de Justicia de fecha 13 de abril de 2020.

Asimismo, deja claro que los Letrados de la Administración de Justicia, los Fiscales Jefe o los Directores de los Institutos de Medicina Legal respectivos, puedan determinar que el régimen de cobertura presencial sea superior al fijado en la Resolución del Ministerio.