13 de abril de 2020

Nueva resolución del Ministerio incrementando el personal en la Administración de Justicia


El Ministerio de Justicia ha dictado en el día hoy una nueva resolución ( Enlace a la resolución del Ministerio... )por la que se incrementa el personal presencial en el ámbito de los distintos órganos judiciales. Dicho incremento es contrario a las propias indicaciones dadas por el Ministerio de Salud, que asegura no estar todavía en fase de “desescalada” sino seguir en fase de confinamiento. 

Desconocemos en el momento actual si por parte de la Dirección General va a dictarse una nueva resolución haciendo propios los criterios y el argumentario del Ministerio o si por el contrario la resolución dictada va a regir también para el ámbito Comunidad Valenciana. En cualquier caso, y sin perjuicio de que puedan producirse noticias o dictarse nuevas resolucione a lo largo de la tarde, os dejamos un breve resumen con los puntos más destacados:



- Todo el personal judicial que tenga que acudir a partir del próximo 15 de abril (fecha de entrada en vigor) a su puesto de trabajo debe saber que es obligación de la Administración la dotación de EPI´S a todos los empleados públicos. Desconocemos si serán entregados al entrar en la sede o si los funcionarios deberán acudir en búsqueda del mismo. Evidentemente por parte de CSIF interesamos que la entrega se realice al entrar en la sede.

- El personal mínimo que debe estar presente en cada una de las sedes es aquél que consta en el anexo de la resolución que se adjunta, si bien es importante saber que se pone fin a la situación de disponibilidad allí donde existía exigiéndose presencialidad de al menos un funcionario en cada una de las sedes judiciales y fiscales.

- Quienes se encuentren en situación de disponibilidad deben saber que únicamente podrán ser reclamados para llevar a cabo prestación de servicios esenciales, sin que la reclamación por parte del LAJ pueda obedecer a criterios discrecionales distintos.

- Se va a permitir la presentación de demandas y recursos, lo cual puede ayudar en el colapso de escritos que tengan pendiente de presentar letrados y procuradores, si bien para el funcionamiento del órgano en concreto va a suponer ahondar en la saturación que ya presentan. La presentación deberá ser en todo caso a través del sistema LexNet

- Pese a que la presentación de demandas es posible, los plazos procesales continúan suspendidos, de tal manera que se va a dar traslado a la parte contraria del escrito sin que comience materialmente el cómputo del pazo, algo que parece, a priori, ilógico.

- Se pretende que los profesionales presentes sus escritos únicamente de forma telemática, sin que resulte posible pues que deambulen por las distintas sedes judiciales, aunque se podrán referir a todo tipo de procedimientos, y no sólo a aquellos relativos a los servicios esenciales. La circulación de profesionales injustificada o la ausencia de control en el acceso de los mismos debe ser comunicada a la mayor brevedad posible.

- Los turnos presenciales deben ser organizados por los Secretarios Coordinadores o de Gobierno y por los Fiscales Jefe. Los turnos deben respetar la dotación mínima para los distintos órganos contenida en el anexo. Recordar que quien esté a disponibilidad y sea llamado, únicamente podrá haberlo sido para la prestación de servicios esenciales. Quien sea requerido y la función desempeñada no se corresponda con servicios esenciales debe ponerlo en conocimiento de su delegado sindical y de la Administración.

- El asunto del teletrabajo parece más una fantasía que una realidad a día de hoy, sigue estudiándose la posibilidad de dotar de medios materiales a los funcionarios, los mecanismos de seguridad y confidencialidad de los datos tratados, la obligatoriedad o voluntariedad etc… El Ministerio se compromete a incluir a los sindicatos en la negociación relativa al teletrabajo, contrariamente al criterio seguido hasta la fecha, a través del cual hemos quedado sistemáticamente excluidos. (Más vale tarde que nunca y el que no se consuela es porque no quiere)

- Es posible que a lo largo de esta tarde de lunes de pascua o mañana 14 de abril se perfile a nivel autonómico el alcance para el ámbito autonómico valenciano de la resolución.