31 de marzo de 2020

Pase a situación de disponibilidad

Nos acaban de remitir el Acta de la Comisión de Seguimiento del Covid-19 en la que se acuerda que la gran mayoría de los servicios esenciales se presten en situación de disponibilidad, tal y como CSIF venía reclamando desde el el inicio del estado de alarma.

A continuación os dejamos un resumen de lo acordado:

PARTIDOS JUDICIALES que NO son las ciudades de la Justicia de Valencia, Castellón y Alicante

- Los escritos relativos a Asuntos Esenciales únicamente se presentarán en el Juzgado de Guardia. El Juzgado de Guardia comunicará al personal de servicios mínimos en régimen de disponibilidad el expediente judicial o asunto que es objeto de actuación para su conocimiento.

CIUDADES DE LA JUSTICIA DE VALENCIA Y ALICANTE

- El Juzgado de guardia conocerá y se encargará de los asuntos propios de la guardia.

- Adicionalmente, conocerá de aquellos asuntos penales que, siendo de otros juzgados, son Causa con Preso.

- El resto de asuntos se presentarán en los Servicios Comunes de Asuntos Generales (Decanatos) y en la Sección de Registro y Reparto, en su caso, de la Audiencia Provincial.

-Tiene que haber presencialmente un funcionario en el Servicio Común (Decanato) y otro en la Sección de Registro y Reparto de la Audiencia Provincial.

Estos funcionarios discriminarán los escritos presentados correspondientes a causas urgentes y lo comunicarán al Juez/LAJ/Fiscal/Funcionario que corresponda.

Adicionalmente, revisarán los faxes que tengan entrada dirigidos a Ejecución Penal, secciones penales de la Audiencia Provincial y Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

-En el caso de Alicante, al haber dos sedes (Pardo Gimeno y Benalúa) deberán haber presencialmente un funcionario en cada edificio.

CASTELLÓN Y ELCHE

Solamente habrá presencialmente un funcionario en el Servicio Común.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

Habrá presencialmente un funcionario en el Servicio Común del TSJ y otro funcionario en la Secretaría de Gobierno.

JUZGADOS DE PAZ

Los funcionarios allí destinados pasan a régimen de disponibilidad. En la puerta del Juzgado de Paz/Ayuntamiento debe constar un teléfono de contacto con la finalidad de que, en caso de necesidad, se pueda personar el funcionario que le corresponda en la sede judicial.

En todo caso, los LAJ serán los encargados de organizar el servicio acorde con lo establecido en este acta.