Publicados en el BOE los modelos de liquidación de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional; se fija que todo lo previsto en la Orden entró en vigor a fecha 17 de diciembre; aplicándose a los hechos imponibles que tengan lugar a partir de la entrada en vigor de la misma.
Os dejamos enlace a la Orden del Ministerio de Hacienda que da inicio práctico al despropósito de la ley de tasas.