24 de julio de 2013

¡Importantísima sentencia ganada por CSIF!

El Tribunal Supremo reconoce el derecho a la retribución de los Gestores que actúan por delegación en el Registro Civil.

El Tribunal Supremo ha desestimado el Recurso de Casación en interés de la ley que interpuso la Generalitat de Cataluña, confirmando la sentencia ganada por CSIF.

Todo el procedimiento se inició a raíz de una reclamación de CSIF en nombre de una funcionaria afiliada perteneciente al Cuerpo de Gestión destinada en el Registro Civil de Barcelona y que estaba delegada en virtud del artículo 44.3 del Reglamento del Registro Civil.

Tras una primera Sentencia desestimatoria de un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, se interpuso el correspondiente Recurso de Apelación que se estimó por la Sección Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Motivo por el cual la Generalitat Interpuso el correspondiente Recurso de Casación que como se ha mencionado anteriormente se ha desestimado por el Tribunal Supremo al considerar “el núcleo de la argumentación de la sentencia de apelación no es erróneo” y por lo tanto reconociendo “el derecho a la retribución por los superiores trabajo y responsabilidad que conlleva la delegación”.

No obstante este reconocimiento no es extensible a los Gestores destinados en los Juzgados de Paz, ya que esas funciones las realizan conjuntamente Juez y Secretario por lo que no existe tal delegación.

A la luz de esta sentencia, CSIF de forma coordinada a nivel nacional, va a presentar a la Dirección General de Justicia de Valencia escrito para que de forma inmediata adopte las medidas necesarias para que proceda a abonar a aquellos funcionarios destinados en los Registros Civiles que estén delegados las retribuciones correspondientes, sin necesidad de su reclamación individual.

¡Estamos a vuestra disposición para formular las correspondientes reclamaciones!

¡Si eres o has sido gestor habilitado del Registro Civil contacta inmediatamente con nosotros!