La Agencia Estatal de Protección de Datos imputa al Ministerio de Justicia la comisión de una infracción grave.
Como ya informó CSIF, a finales de julio de 2017 se detectó una brecha de seguridad en LexNET que permitió el acceso a los buzones de profesionales exponiendo públicamente centenares de datos personales. En su momento, el Ministerio de Justicia salió al paso denunciando a una de las personas que avisó de la existencia de esa brecha y asegurando que ningún dato personal había quedado expuesto.
El pasado día 16 de marzo la AEPD publicó una resolución por la que se declaraba probada la comisión de dos infracciones graves por la Subdirección General de Nuevas Tecnologías dependiente de la Secretaría General al vulnerar el principio de seguridad de los datos (art. 9 de la LOPDAT) y el deber de secreto (art. 10 LOPDAT). Es cierto que, finalmente, por aplicación del artículo 29 sólo se imputa una infracción (la del artículo 9) ya que se considera que la vulneración del deber de secreto es consecuencia de la vulneración del principio de seguridad de los datos.
El pasado día 16 de marzo la AEPD publicó una resolución por la que se declaraba probada la comisión de dos infracciones graves por la Subdirección General de Nuevas Tecnologías dependiente de la Secretaría General al vulnerar el principio de seguridad de los datos (art. 9 de la LOPDAT) y el deber de secreto (art. 10 LOPDAT). Es cierto que, finalmente, por aplicación del artículo 29 sólo se imputa una infracción (la del artículo 9) ya que se considera que la vulneración del deber de secreto es consecuencia de la vulneración del principio de seguridad de los datos.