En concreto han reconsiderado los siguientes aspectos:
En el baremo de méritos de la fase de concurso se ha retocado el referido al “historial profesional” que se sigue valorando con el máximo del 20% de esta fase.
Dentro del citado mérito, se contemplan dos tipos de cursos, los de contenido jurídico y los de contenido informático. Se da mayor peso dentro del mérito de “historial profesional” a los cursos de contenido jurídico (8 puntos) frente a los informáticos (5 puntos), pero su configuración interna será la siguiente:
MÉRITO
|
BAREMO ANTERIOR
|
BAREMO CORREGIDO
|
Historia
profesional: cursos jurídicos
|
11-29
horas: 3 ptos
30-59
horas: 5 ptos
60
o más horas: 8 ptos
|
11-29
horas: 1 pto
30-59
horas: 2 ptos
Por cada curso 60 o más horas: 3 ptos
|
Historia
profesional: cursos informáticos
|
11-29
horas: 1pto
30-59
horas: 2 pto
60
o más horas: 5 ptos
|
11-29
horas: 1 pto
30-59
horas: 2 ptos Por cada
curso 60 o más horas: 3 ptos
|
En cuanto al mérito referido a los ejercicios anteriores aclaramos (no cambiamos nada) que se refiere a las convocatorias de 2015 y 2016 en que las que “se hubiera obtenido una puntuación superior al 50% de la posible”, lo cual no necesariamente supone el haberlos aprobado, dado que la nota de corte pudo ser superior a dicho porcentaje de aciertos.
En la Base 4.2.: se añade que la antigüedad se refiere a servicios efectivos.
b) Haber prestado, y acreditarlo, servicios efectivos al menos dos años en dicho Cuerpo como funcionario titular, interino o sustituto.
En el anexo I-B en el apartado B-1 y B-2 se ha incluido la mención a las CCAA de la siguiente manera:
(…) por el Ministerio de Justicia, por las Consejerías de Justicia de las CCAA, por el sistema universitario español, por el Instituto Nacional de la Administración Pública (…)
En el anexo I-B de Tramitación, promoción interna hay un error por haber trasladado esa base desde Gestión, promoción interna. La nueva redacción de este mérito en Tramitación PI, sería:
Servicios prestados a partir del 1 de enero de 2004 como titular, sustituto o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia o como personal laboral de esta Administración (hasta un máximo de 34 puntos).
• Por cada mes completo de servicios prestados como sustituto o interino, en Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la administración de Justicia): 0,30 puntos.
• Por cada mes completo de servicios prestados como titular, interino o sustituto en Auxilio Judicial (antes Agentes de la Administración de Justicia): 0,25 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Letrados de la Administración de Justicia y en el de Jueces o Fiscales: 0.20 puntos.
• Por cada mes de servicios prestados como titular, interino o por sustitución como personal laboral de la Administración: 0.15 puntos.
Estas mejoras se han añadido en los archivos que remitiremos a la DGFP el mismo lunes 11 de febrero. La previsión para la publicación en BOE de estas convocatorias una vez informadas y firmadas es para mediados de marzo.