18 de julio de 2019

Concurso de traslados

Se ha publicado en el BOE de hoy el concurso de traslados de plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. El plazo de presentación de instancias es desde las 0:00 horas del día 19 de julio, hasta las 24:00 horas del día 9 de agosto. 
¿Como debo confeccionar y presentar la instancia?
TODAS las instancias del concurso de traslados se confeccionarán a través del asistente de inscripción.
El número máximo de plazas a solicitar entre vacantes y resultas es de 200.

Accede en la página web del Ministerio al apartado donde se hace pública la convocatoria del concurso. Una vez allí se pulsa el enlace “G.T.A. Concurso de traslados”. El sistema guiará tus pasos para confeccionar la instancia. Una vez cumplimentada el sistema genera un documento denominado IMPRESO DEFINITIVO que habrá que imprimir y firmar. Ojo porque el sistema también genera un documento denominado BORRADOR SUJETO A CAMBIOS que carece de validez a la hora de presentación.

Si necesitas modificar una solicitud ya confirmada, dentro del plazo de presentación de solicitudes, deberás volver a generar y confirmar una nueva solicitud, siempre a través del asistente, debiendo presentarse nuevamente como si fuese la primera vez. En este caso, tendrá validez, la solicitud que tenga sello de registro de entrada posterior.

Presentación y remisión de la instancia

Dos sistemas:
1. A través de una cuenta de correo electrónico corporativo: con carácter general todos aquéllos que tienen a su disposición una cuenta de correo corporativa facilitada por la Administración deberán dirigir un correo electrónico a concursos.admonjusticia@mjusticia.es
2. Por cualquier sistema contemplado en el artículo 16 del RD 39/2015 (presentación física en registro público o correo administrativo)

Sólo pueden utilizar este sistema quienes concursen desde la situación de:
- Excedencia por cuidado de familiares (V1)
- Servicios especiales (V1)
- Excedencia voluntaria por agrupación familiar (V3)
- Excedencia voluntaria por interés particular (V3)
-Aquéllos que, por circunstancias justificadas, no puedan hacer uso del correo electrónico corporativo personal del órgano judicial en el que están destinados por estar de vacaciones, licencias, permisos o porque les sea imposible el uso del citado correo por motivos ajenos al interesado.

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