- Toma de posesión: plazo de veinte
días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta
Orden en el Boletín Oficial del Estado
- Los funcionarios que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal o Auxilio Judicial:
Si optan por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión lo comuniquen a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas.
En caso de que opten por ingresar en Tramitación dispondrán de un permiso retribuido.
CSIF JUSTICIA: publicados en el BOE el nombramiento y destinos de Tramitación turno libre OEP 2017-2018.
Nombramientos: Orden JUS/1157/2021, de 19 de octubre, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.
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- Los funcionarios que pertenezcan ya al Cuerpo de Gestión Procesal o Auxilio Judicial:
Si optan por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión lo comuniquen a la Gerencia Territorial correspondiente o al órgano competente de las Comunidades Autónomas.
En caso de que opten por ingresar en Tramitación dispondrán de un permiso retribuido.
CSIF JUSTICIA: publicados en el BOE el nombramiento y destinos de Tramitación turno libre OEP 2017-2018.
Nombramientos: Orden JUS/1157/2021, de 19 de octubre, por la que se nombra personal funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, por el sistema general de acceso libre, a los aspirantes que superaron el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/903/2019, de 9 de agosto.
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- Los funcionarios que pertenezcan ya al cuerpo de Gestión o Auxilio Judicial y que optaren por ingresar en el Cuerpo de Tramitación y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de Justicia, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos que hayan de desplazarse desde Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para posesionarse de su nuevo cargo. Estos días se consideran hábiles, y la toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. En el caso de que el funcionario proceda del ámbito de competencia de otra Gerencia Territorial o de Comunidades Autónomas que hayan recibido el traspaso de medios personales, deberá remitirse dicha documentación a estos órganos para que procedan a concederle de oficio la situación de excedencia voluntaria en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y el cese automático con la fecha del día anterior en que se produzca la toma de posesión en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, al objeto de evitar interrupción en la percepción de sus haberes.